Esta mañana en la Unidad Penitenciaria de Rengo, se dio a conocer un programa que beneficia a usuarios post presidio a través del decreto Ley N° 409, el cual en un futuro cercano comenzara a funcionar la oficina en la comuna de Rengo
Estuvieron presentes en la entrega de esta importante información, el Mayor Felipe Cornejo Núñez, la Jefa del Patronato Local de Reos, Patricia Guerrero Obando, la encargada Regional de los procesos Yesenia Ibera Vargas y la Profesional Úrsula González.
Este Decreto Ley tiene por objeto la regeneración y integración del penado a la sociedad, para enfrentar la situación de aquellas personas que han cumplido sus condenas. Toda persona que haya sufrido cualquier clase de condena y reúna las condiciones que señala esta ley, tendrá derecho después de dos años de haber cumplido su pena, si es primera condena, y de cinco años, si ha sido condenado dos o más veces, a que por decreto supremo, de carácter confidencial, se le considere como si nunca hubiere delinquido para todos los efectos legales y administrativos.
Sabemos que las anotaciones prontuariales que constan en el certificado de antecedentes, restringen notablemente las posibilidades de acceso a la sociedad organizada, al dificultar su ingreso laboral y ocasionar el menoscabo de todos los integrantes de su grupo familia. Hoy está la posibilidad de omitir las anotaciones en los certificados de antecedentes para fines particulares y laborales, en los casos de penas cumplidas y con el decreto Ley 409 estamos frente a la posibilidad de eliminar definitivamente y completa las anotaciones, constituyendo este cuerpo legal, en un valioso instrumento de reinserción social post-penitenciaria.
La persona que se acoja a los beneficios contemplados en el Decreto Ley 409, sobre eliminación de anotaciones prontuariales, deberá presentar los siguientes documentos para iniciar los controles respectivos:
- Cedula de Identidad
- Certificados de cumplimento de condena y pagos de multas emitidos por las Unidades penales y especiales y los tribunales de justicia.( los certificados los pueden obtener en cualquier unidad penal o especial, en las oficinas OIRS)
- Certificado de Estudios, que acredite 4°Basico. Las personas que por su edad o estado físico no están en condiciones de acreditar el mínimo de estudios, deberán presentar certificado médico que lo exima de contar con la escolaridad exigida (art.4°, Decreto Ley 409). La falta de certificado de estudio no es causal que impida el ingreso de un usuario al sistema de eliminación del Decreto Ley N°409, considerando que existe dos o cinco años para regularizar esta situación por el usuario con apoyo de Gendarmería para nivelación si así lo requiere, dicho certificado será requerido solo al final del periodo de control.
Es importante recalcar que este trámite es absolutamente gratis, y solo puede ser realizado en alguna Unidad de Gendarmería de Chile.
Estamos en distintos Lugares dentro de la Región del Libertador O’Higgins, todas las oficinas de eliminación se encuentran fuera de las Unidades Penales:
Patronato Local de Reos de Rancagua : Ibieta N°545 Fono: 241957
Anexo Centro Reinserción Social en Santa Cruz : Arturo Prat N°547 Fono: 829177- anexo 207
Centro Detención Preventiva Peumo : León XIII N°95 Fono:562454
Centro Reinserción Social San Fernando : Quechereguas N°103 Fono: 719860
Coordinadora Regional DL 409(dudas o consultas) :Sra. Yesenia Ibera Vargas
Fono: 226282-anexo 212